La Unión Europea refuerza su protección civil
La experiencia sin precedentes de la pandemia de COVID-19 ha demostrado que la UE y los Estados miembros deben estar mejor preparados para responder ante emergencias a gran escala. // Reglamento (UE) 2021/836.
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de 26 de mayo publica el Reglamento (UE) 2021/836 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2021 por el que se modifica la Decisión nº 1313/2013/UE relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión.
Este reglamento, que entra en vigor el día de su publicación, siendo aplicable desde el 1 de enero de 2021, introduce 29 modificaciones a la decisión original, que no comentamos en detalle aquí, pero sí algunos de los grandes principios a los que responden.
El Mecanismo de Protección Civil de la Unión (el “Mecanismo de la Unión”), regulado por la Decisión 1313/2013/UE, refuerza la cooperación entre la UE y los Estados miembros y facilita la coordinación en el ámbito de la protección civil con el fin de mejorar la respuesta de la UE ante las catástrofes naturales y de origen humano.
Mientras que la responsabilidad primaria en materia de prevención, preparación y respuesta ante catástrofes naturales o de origen humano recae en los Estados miembros, el Mecanismo de la Unión, y en particular rescEU (que permite responder en última instancia a situaciones extremas cuando las capacidades existentes a escala nacional y las comprometidas previamente por los Estados miembros para la Reserva Europea de Protección Civil no puedan, dadas las circunstancias, garantizar una respuesta eficaz a los distintos tipos de catástrofes), promueve la solidaridad entre los Estados miembros. El Mecanismo de la Unión lo hace reforzando la respuesta colectiva de la UE ante catástrofes naturales o de origen humano mediante el establecimiento de una reserva de capacidades que complementan las capacidades existentes de los Estados miembros, cuando las capacidades disponibles a nivel nacional no sean suficientes, permitiendo así una preparación y una respuesta más eficaces, y mejorando la prevención y la preparación ante las catástrofes. Se necesitan créditos financieros adecuados con el fin de establecer, desplegar y utilizar las capacidades de rescEU y poder seguir consolidando la Reserva Europea de Protección Civil y cubrir los costes adicionales derivados de las subvenciones de adaptación y el funcionamiento de las capacidades comprometidas para la Reserva Europea de Protección Civil.
La experiencia sin precedentes de la pandemia de COVID-19 ha demostrado que la UE y los Estados miembros deben estar mejor preparados para responder ante emergencias a gran escala que afecten simultáneamente a varios Estados miembros, y que debe reforzarse el marco jurídico vigente en materia de salud y protección civil. Esta pandemia también ha resaltado cómo las consecuencias de las catástrofes para la salud humana, el medio ambiente, la sociedad y la economía pueden alcanzar proporciones devastadoras. Durante la pandemia de COVID-19, la UE pudo adoptar con rapidez, sobre la base de las disposiciones vigentes de la Decisión 1313/2013/UE, disposiciones de ejecución para ampliar las capacidades de rescEU de modo que incluyesen el almacenamiento de contramedidas médicas tales como vacunas y tratamientos terapéuticos, y de equipos de cuidados médicos intensivos, equipos de protección individual y suministros de laboratorio, con fines de preparación y respuesta ante una amenaza transfronteriza grave para la salud. Al objeto de mejorar la eficacia de las medidas de preparación y respuesta, las nuevas disposiciones que refuerzan el marco jurídico vigente, también permitiendo a la Comisión Europea adquirir directamente, en determinadas condiciones, las capacidades de rescEU necesarias, podrían reducir aún más en el futuro el tiempo de despliegue. También es importante que las operaciones de rescEU estén bien coordinadas con las autoridades nacionales de protección civil.
El cambio climático está provocando un aumento de la frecuencia, la intensidad y la complejidad de las catástrofes naturales en la UE y en el resto del mundo y, por tanto, de la necesidad de un elevado nivel de solidaridad entre los países. Catástrofes naturales como los incendios forestales pueden provocar una pérdida de vidas, medios de subsistencia y biodiversidad, una liberación de grandes cantidades de emisiones de carbono y una disminución de la capacidad de absorción de carbono del planeta, lo que agrava aún más el cambio climático. Por este motivo, resulta esencial reforzar la prevención, la preparación y la respuesta ante catástrofes y que el Mecanismo de la Unión cuente con capacidades suficientes, también durante el período transitorio de rescEU, para actuar cuando se declaren incendios forestales o se produzcan otras catástrofes naturales.
El papel de las autoridades regionales y locales en la prevención y la gestión de las catástrofes reviste una gran importancia y, cuando proceda, sus capacidades deben incluirse en las actividades realizadas en virtud de la Decisión 1313/2013/UE, al objeto de reducir al mínimo los solapamientos y promover la interoperabilidad. Por lo tanto, también es necesaria una cooperación continua transfronteriza en los niveles local y regional, con vistas a desarrollar sistemas comunes de alerta para intervenciones rápidas antes de la activación del Mecanismo de la Unión. Del mismo modo, y teniendo en cuenta las estructuras nacionales, es importante reconocer la necesidad de proporcionar asistencia y formación técnica a las comunidades locales para mejorar sus capacidades de primera respuesta cuando proceda. También es importante mantener al público informado sobre las medidas de respuesta iniciales.
Procede reforzar aún más el Centro de Coordinación de la Respuesta a Emergencias (CECRE) como centro operativo a nivel de la UE que opera veinticuatro horas al día, los siete días de la semana, con capacidad para seguir y apoyar operaciones en diversos tipos de emergencias, dentro y fuera de la UE y en tiempo real. Entre las medidas de refuerzo debe figurar una mayor coordinación del CECRE con las autoridades de protección civil nacionales de los Estados miembros, así como con otros organismos pertinentes de la UE. La labor del CECRE viene respaldada por el conocimiento científico, incluido el aportado por el Centro Común de Investigación de la Comisión Europea.