Militar de tropa y marinería, una profesión con futuro

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Para muchas personas, su sueño o ilusión es formar parte de las Fuerzas Armadas españolas (en adelante FF. AA). En este sentido, el Ministerio de Defensa ofrece oportunidades de empleo tanto para los ciudadanos que quieran incorporarse a las Fuerzas Armadas, así como para aquellos que manteniendo su condición civil quieran formar parte de este Ministerio.

La oferta de plazas de empleo público que ofrece el Ministerio de Defensa para personal civil está desglosada en las categorías de personal funcionario, personal laboral y personal estatutario. Para personal militar, se puede acceder como soldado o marinero, suboficial u oficial. 

Para ello, el Ministerio de Defensa convoca cada año dos convocatorias numerosas. Una, alrededor de marzo donde se convocan unas 2.000 divididas en Ejército de Aire, Ejército de Tierra y para la Armada y otra, alrededor del mes de septiembre, donde se vuelve a convocar un número similar de plazas. 

En este artículo nos vamos a centrar principalmente, en el acceso como militar de tropa y marinería. 

Quién puede optar a ser militar

Para saber cuándo saldrá la convocatoria de la oferta de empleo público que publica el Ministerio de Defensa se puede hacer siguiendo a un buscador de oposiciones donde se informa de todas las ofertas y convocatorias abiertas e, igualmente, se puede pedir información en cualquier Subdelegación de Defensa o a través de la web del Ministerio de Defensa.

Por otra parte, dentro de los requisitos de acceso hemos de determinar que la edad mínima para entrar en el Ejército es de 18 años, y la edad máxima de 29 años. No obstante, aun superando esa edad, existen cuerpos como los oficiales que admiten aspirantes de más edad, así como reservista voluntario.

Aparte de la edad, se deben cumplir una serie de requisitos, según dispone la Resolución 452/38007/2021, de 21 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería:

  • Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los países que figuran en la convocatoria. 
  • No estar privado de los derechos civiles. 
  • Carecer de antecedentes penales. 
  • No estar procesado, imputado, investigado o encausado en procedimiento judicial por delito doloso. 
  • No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado de cualquiera de las Administraciones Públicas. 
  • Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las FF. AA. 
  • Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Para los ciudadanos extranjeros que la convocatoria habilite como candidatos, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional. 
  • No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido. 
  • No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las FF. AA españolas, ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
  • Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.

Una vez superada la fase de oposición, se adquiere un compromiso, firmando un contrato como militar de tropa y marinería que puede durar dos o tres años, siendo prorrogable por seis años. Se puede solicitar el contrato de larga duración, mediante un proceso que verifica entre otros aspectos el expediente y comportamiento del solicitante. Por otra parte, según dispone el artículo 7.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, “todo militar tiene el deber de prestar ante la Bandera juramento o promesa de defender a España. Este juramento o promesa se efectuará durante la enseñanza de formación de acuerdo con lo que se establece en este artículo y será requisito previo e indispensable a la adquisición de la condición de militar de carrera, de militar de complemento y de militar de tropa y marinería”.

Formación

La formación recibida en las Fuerzas Armadas se podrá homologar con el sistema educativo general y obtener un título equivalente al de Técnico de Formación Profesional de Grado Medio, si se ha optado por la incorporación como tropa o marinería, que permitirá desarrollar esa especialidad en la vida civil en las condiciones que establezca la legislación correspondiente. Es importante señalar en este punto que una de las preocupaciones más comunes entre el personal militar con contrato limitado es enfrentarse a la finalización de dicho compromiso y poder buscar un nuevo empleo. Para las escalas de suboficial y oficial, la equivalencia del título académico es superior.

Por ello, con el fin de regular los derechos y deberes de carácter profesional y social se aprueba la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las FF. AA, denominado SAPROMIL (sistema de aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar).

Como medida complementaria de apoyo al personal, la Ley impulsa, en su artículo 32, la creación de programas de incorporación a otros ámbitos laborales que se ofrecerán durante la vida activa del militar y se implementarán en colaboración con las distintas administraciones públicas y con el sector privado. De esta forma, se pretende facilitar la incorporación del personal militar en el ámbito civil profesional. También se ha creado recientemente la Oficina Técnica del Programa ‘Rumbo Empleo’, un programa que cuenta con la colaboración de Adecco y la agencia de recolocación Lee Hecht Harrison.

Destacamos en este punto el acuerdo suscrito con el Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE). La formación, dirigida a 200 alumnos y realizada con la Universidad de León, constará de 86.800 horas distribuidas en su mayoría en clases online y algunas presenciales. El acuerdo es especialmente atractivo ya que, según fuentes del propio INCIBE, en los próximos años habrá en todo el mundo tres millones de puestos de trabajo sin cubrir relacionados con la seguridad digital.

Hay que tener en cuenta que el personal militar que se desvincule de las Fuerzas Armadas dispone de un instrumento con el que puede demostrar, en el ámbito laboral civil, la formación militar que ha recibido y la experiencia profesional que posee: el “Certificado de formación y experiencia profesional” que será confeccionado por el Ejército/Armada de procedencia del interesado, solicitando a las unidades de destino los informes que se consideren pertinentes.

Conclusiones

Podemos concluir que la incorporación en el mundo laboral, ejerciendo la función profesional como militar de tropa y marinería, está orientada tanto a realizarla en el seno de las propias FF. AA como fuera de ellas. En el seno de las FF. AA, existen cursos de formación para poder ascender tanto a tropa permanente (puestos de cabo, cabo 1º…) como a las escalas de suboficial u oficial. 

Fuera de las FF. AA, hay reservadas plazas para militares con compromisos de larga duración como personal laboral civil en todos los ministerios de la Administración central.

Por otra parte, en el caso que ninguna de las opciones de carrera profesional les resulte atractiva a los militares con un compromiso de larga duración, existen la posibilidad de acceder al curso de enseñanza del programa SAPROMIL, y que incluye más de 200 títulos, desde piloto de avión a jardinero, de controlador aéreo a conductor de mercancías peligrosas, de 25 ingenierías a cursos de soldador, o de auxiliar de farmacia a monitor de tiro o defensa personal. Pasados esos diez años de servicio, y si el soldado encuentra un empleo en el sector civil gracias a estos cursos, puede abandonar las FF. AA para incorporarse a su nuevo trabajo. 

En el caso de que el militar no haya accedido a una opción de carrera profesional y abandone las FF. AA tras 16 años de servicio o llegado los 45 años, puede acceder al mercado laboral civil con los cursos que ha realizado en el programa SAPROMIL. Además, pasan a la situación de Reservista de Especial Disponibilidad, por la que reciben una serie de retribuciones compatibles con su trabajo y salario de la vida civil.  Si estos militares no han querido hacer ningún curso de formación su futuro laboral es más complejo, aunque siempre contarán con el ingreso mínimo antes mencionado hasta los 65 años, cuando accedan a la jubilación.

David Robles Ramos.

Graduado en Derecho por la Universidad Internacional de La Rioja

Máster de Acceso a la Abogacía por la UOC

Diplomado Internacional Superior en Derechos Humanos por el Instituto Internacional de Estudios Globales para el Desarrollo Humano

Colaborador del Área de Defensa Nacional de Sec2Crime

BIBLIOGRAFÍA

CONVOCATORIA TROPA Y MARINERÍA 2º CICLO 2021

Resolución 452/38007/2021, de 21 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.

GUIA_DESVINCULACION.pdf (defensa.gob.es)

WWW.DEFENSA.GOB.ES

SAPROMIL para candidatos: un manual de usuario (expydoc.com)