DESDE ULTRAMAR: Del engaño a la traición (y II)

Ramón Moreno Castilla

Una vez repasados someramente los aspectos político-jurídicos de las RUP (Regiones Ultra Periféricas) y de los PTUM (Países y Territorios de Ultramar), constatamos las enormes contradicciones del actual statu quo de Canarias. España no solo nos hurtó en su día la posibilidad de acceder a la CEE de entonces mediante otra vía más beneficiosa para los intereses de Canarias, un “territorio nacional español” en África; sino que, al mismo tiempo, pretende que al Archipiélago canario -una posesión de ultramar- le sea de aplicación la Convención de Jamaica de 1982 atribuyéndose unos espacios marítimos “bajo soberanía” española, más allá del límite exterior de su supuesta Zona Económica Exclusiva (ZEE), instituida mediante la  ley, 15/78 de 20 de febrero, ¡¡que aún no está desarrollada!!

Por tanto, una vez denunciado el gran engaño masivo, y la canallesca manipulación de la que fue objeto el pueblo canario, por parte de España, con la plena integración de Canarias en la Comunidad Europea de la época ; hoy queremos referirnos a dos “Cuartas Partes” de la legislación internacional muy importantes para Canarias, que ponen en entredicho las impuestas relaciones Canarias-España. Primero, a la Cuarta Parte del Tratado de Roma de 25 de Marzo de 1957, Tratado fundacional del Mercado Común de la época; cuyos artículos del 131 al 136 bis a.i., han sido recogidos con otra numeración por los posteriores Tratados de Maatrich de 1992, de Amsterdam de 1997, y por el de Lisboa firmado el 13 de diciembre de 2007 por los Jefes de Estado y de Gobierno de los en aquel momento 27 Estados miembros de la Unión, y que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009. Una pretendida “Constitución europea” que modifica los dos Tratados fundamentales, que son el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, pasando este último a denominarse “Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea” (TFUE).

Y segundo, a la Cuarta Parte, Estados Archipelágicos, artículos del 46 al 54 a.i. del vigente Convenio del Mar o Estatuto Jurídico del Mar, emanado de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, firmada en Montego Bay (Jamaica, lugar de establecimiento de la Autoridad Marítima Internacional), el 10 de Diciembre de 1982, y que consta de 320 Artículos divididos en 17 Partes principales y 9 Anexos técnicos. Y que será de aplicación al Archipiélago canario, solo y exclusivamente, cuando éste sea un Estado archipelágico, libre y soberano, como Cabo Verde, y no por lo que diga la fantasmagórica Ley 15/78 de 20 de Febrero sobre Zona Económica Exclusiva española citada que, insistimos, ¡¡ sigue sin ser desarrollada!!, ya que el Gobierno español no ha enviado todavía, que se sepa, al secretario general de la ONU para que las haga públicas, las coordenadas geográficas y el datum geodésico de esa pretendida ZEE.

Así que, mientras Canarias no sea un Archipiélago Estado, libre y soberano y, por tanto, sujeto de Derecho Internacional (que está por encima y tiene primacía sobre el Derecho interno de los Estados y de los Organismos supranacionales como la UE,  Derecho comunitario), nos ocuparemos solo de la Cuarta Parte del originario Tratado de Roma, Título IV: Asociación de los Países y Territorios de Ultramar, artículos del 282 al 291 a.i. por el que abogan hace tiempo un nutrido grupo de patriotas canarios, como paso previo a la independencia; ya que no siempre, el camino más corto entre dos puntos es la línea recta: a veces hay curvas y/o sinuosidades.

Y máxime, cuando hace algunos meses apareció publicado a doble página en un periódico de Las Palmas de Gran Canaria, un extenso manifiesto en formato de carta abierta dirigida al anterior presidente del Gobierno canario, Paulino Rivero; donde miembros cualificados de la sociedad canaria, “con experiencia en el desempeño de responsabilidades cívicas en los ámbitos públicos y privados”, denunciaban la explosión demográfica; la incapacidad de la economía canaria para generar riqueza y crear puestos de trabajo; los datos de empleo por Islas; la tasa de paro de la población activa; la pobreza y la exclusión social; el turismo; la educación, con la escalofriante cifra de fracaso escolar; las modificaciones en la negociación del REF (que depende de Madrid y, en última instancia, de Bruselas); y la sistémica crisis social y económica que padece Canarias.

La larga y concluyente misiva terminaba con que, “Este fracaso de la integración plena en la UE en 1989 fue el causante de la pérdida de nuestro acervo político, histórico, económico y fiscal”; al tiempo que dicho colectivo se lamentaba del creciente intervencionismo que ha implantado la política dominante, y que se ha traducido en una pérdida de peso y protagonismo de los Cabildos insulares, verdaderos órganos de gobierno de cada Isla, e instituciones muy arraigadas en el pueblo canario. Exigiendo otro estatus europeo si el REF no mejora; proponiendo que Canarias deje de ser “región ultraperiférica para ser territorio de ultramar”. Parece que algunos sectores de la burguesía canaria, tan pusilánime y timorata, por otra parte, empiezan por fin a darse cuenta del roll que ésta está llamada a representar y liderar en el proceso emancipador de Canarias, que a estas alturas del siglo XXI es absolutamente irreversible dado el anacronismo que supone Canarias en el contexto internacional: la primera y más antigua colonia del mundo... 

Y como esa eufemística denominación de “ultraperiféricos”, es un oprobio y un escarnio al pueblo canario (aunque el actual presidente del Gobierno autonómico, Fernando Clavijo se muestre tan contento y satisfecho de que Canarias sea RUP); todo apunta a que ya se está constituyendo la que se ha dado en llamar “Junta para la Integración del Archipiélago canario en la Cuarta Parte del Tratado de Ámsterdam”, para dejar de ser RUP, y acceder a las enormes ventajas de los PTUM. ¿Estará España por la labor conociendo sus antecedentes y el ofuscamiento en el caso catalán? ¿Ya nos hemos olvidado de que España vendió a los EE.UU por 20 millones de dólares de la época, Filipinas, la Isla de Guam y Puerto Rico? ¿Quien nos garantiza a los canarios que no se hará lo mismo con nosotros? Pero, ¿cuales serían las repercusiones que para Canarias tendría este nuevo modelo de integración en Europa?. Veamos:

Las repercusiones desde un punto de vista económico serían las siguientes:  Posibilidad de relaciones económicas más flexibles con Europa y, por supuesto, con el resto del mundo, lo que nos permitiría rentabilizar en beneficio propio nuestra envidiable y estratégica “renta de situación”. Posibilidad de exportación sin aranceles a la UE, así como la posibilidad de aplicar aranceles de entrada a los productos provenientes de la UE, protegiendo así los sectores productivos locales. Téngase en cuenta que con la plena integración en la CCE, Canarias se ha convertido en la práctica en un encorsetado mercado cautivo, donde todo se importa y donde entran toda clase de productos españoles subvencionados, en claro perjuicio para las producciones locales.

Otra posibilidad sería acogerse a ayudas como las del FEDER o del BEI; con la capacidad más autónoma de decidir un régimen económico y fiscal (REF) más acorde con las necesidades canarias para su desarrollo, sin tener que depender de las decisiones que Bruselas adopte al respecto. Al no formar parte de la Unión Europea como tal, Canarias no vería impedida cualquier medida adoptada en su propio interés al no afectar ni crear agravios comparativos con otros territorios integrados en la UE. Con la posibilidad de adoptar el euro como moneda de cambio como así ocurre en el departamento francés de ultramar (DUM), San Pedro y Miquelón, regido por la Cuarta Parte del Tratado. Es evidente que este cambio de estatus produciría una mayor dinamización y diversificación de la economía canaria al fomentar un desarrollo económico menos subvencionado y más productivo que el actual. También, mayor autonomía en la adopción de políticas de desarrollo económico no siempre comparables con los estándares europeos. La importación de productos de terceros países, con el cobro de aranceles a la entrada y exportación a la UE y si abonar la tarifa exterior común; es decir, Canarias actuaría como recaudadora y destinataria de esos impuestos.

Las repercusiones desde un punto de vista social serían extraordinarias: posibilidad de crear leyes de limitación de residencia al no estar sujetos a la libre circulación de personas, tan nefasta, por otra parte, para un territorio frágil, fragmentado y escaso, con una elevada densidad de población. Canarias dejaría ser “frontera sur de Europa” con los países africanos y por lo tanto el flujo migratorio continente africano-Canarias se vería disminuido y desviado hacia otros territorios. Recordemos que buena parte de los emigrantes africanos y sudamericanos lo que realmente desean es ir a Europa; principalmente los nacionales de los países francófonos de África.

Las repercusiones desde un punto de vista político, no serían menores. Mayor adaptación del estatus europeo a la situación geográfica real. Mayor relación de Canarias con su entorno y con los países ACP (África, Caribe, Pacífico). Estatus político de mayor peso y rango internacional y con una mayor capacidad de negociación en temas tan vitales para Canarias como las aguas territoriales, caladeros de pesca etc. etc. Ciudadanía europea plenamente aceptada para los territorios PTUM, entre otras muchas, que sería prolijo enumerar ahora.

A la vista de todo lo expuesto, ¿tiene alguien alguna duda de lo beneficioso que sería para Canarias que España hiciera como Francia con sus territorios DUM y nos facilitara el cambio de estatus? ¿Va a seguir el pueblo canario prefiriendo ser “cola de león”, a “cabeza de canario pinzón”, erguida y orgullosa? El resultado de las elecciones catalanas, que todos los partidos españoles y catalanes han convertido en plebiscitarias, puede ser un benefactor punto de inflexión para Canarias, si este pueblo se decide de una vez a ser protagonista de su futuro sin tutelas ni dictados de nadie...

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