
Los delitos de cuello blanco ya son bastante conocidos, pero no es así con respecto a los delitos de cuello azul. Mientras que los primeros hacen referencia a los cometidos por personas pertenecientes a la clase alta haciendo uso de su posición privilegiada en sus puestos de trabajo, los delitos de cuello azul son aquellos llevados a cabo por otros profesionales o trabajadores que no son parte de un estrato social alto.
La diferenciación que se realizó entre los delitos comunes y los delitos de cuello blanco se acuña al sociólogo Sutherland. Este autor se basó en las diversas características económicas y sociales que había entre los “delincuentes de calle” y los de cuello blanco, en tanto que este último realmente no tenía la más mínima necesidad de cometer un delito socioeconómico y, además, tenía más cuidado de no ser descubierto. Un delincuente de cuello blanco, en definitiva, es aquel que pertenece a un estrato social elevado, posee poder económico y se encuentra en un puesto de trabajo que le facilita y, por tanto, aprovecha para la perpetración del delito que quiera llevar a cabo.
Un delincuente de cuello azul es aquel que también se aprovecha de su profesión civil para encubrir o llevar a cabo de un delito, hasta este punto se encuentra en las mismas circunstancias que el delincuente de cuello blanco; no obstante, la principal diferencia radica en que estos no pertenecen a aquella clase social alta que los de cuello blanco sí.
Ahora bien, el delito de cuello azul no tiene una clasificación legal oficial, es más, se utilizan diferentes términos para referirse a ellos, entre los cuales están los “delitos profesionales”, los “delitos ocupacionales” o, también, los “delitos respetables” (esta última acepción es más frecuente en países del sur de América). En este ámbito de delitos de cuello azul entrarían, por ejemplo, aquellas ocasiones en las que un médico suministra drogas o practica abortos sin respetar el proceso reglamentario; cuando un abogado o funcionario en defensa de la ley asesora para lo contrario, es decir, para la ejecución de actos delictivos (normalmente dando a conocer posibles lagunas legales en las leyes); o bien, cuando un ingeniero u obrero aprovecha su posición para malversar fondos en la construcción de departamentos o viviendas.
Por otro lado, cabe destacar que los delitos de cuellos azul también engloban las prácticas desleales por parte de las grandes empresas y de comerciantes, y la corrupción de los funcionarios públicos. Asimismo, también se consideran como tal la adulteración de alimentos y bebidas, los delitos aduaneros, fiscales y monetarios. En definitiva, el delito de cuello azul se incorpora en lo que es la criminalidad llevada a cabo en el ejercicio de una función pública, pudiendo o no estar en el ámbito económico.
El origen del nombre se asienta en el código de colores del uniforme de los trabajadores industriales del siglo XIX. Si bien, desde otras fuentes, el origen se asienta en la movilización policial causada por los mismos, los policías suelen tener uniformes de color azul.
La percepción de uno y otro delito (cuello blanco y azul) es distinta tanto de manera sustancial como en sus impactos económicos y sociales:
- Los delitos de cuello azul suponen un costo mucho menor que los delitos de cuello blanco tienen un costo, se estima en millones por año.
- Los delincuentes de cuello azul captan con más facilidad la atención de la Policía y de los medios de comunicación que los de cuello blanco.
- Los delitos de cuello azul suelen presentarse con violencia física, mientras que los de cuello blanco son más técnicos y, por ello, pueden llegar a ocultarse fácilmente en una organización. En este sentido, por tanto, los primeros tienden a ser detectados con mucho menos esfuerzo que los segundos.
- Los delitos de cuello azul por naturaleza perjudican a un menor número de personas que los delitos de cuello blanco. La parte pasiva del hecho delictivo en el primer caso en una persona o un grupo de personas concretas y definidas, pero en el segundo, las víctimas son indefinidas.
- Los delitos de cuello azul se registran en una tasa más elevada que los de cuello blanco, si bien, en este punto hay que tener presente la cifra negra de los delitos de cuello blanco.
Existen otras clasificaciones informales de delitos que se engloban en los “delitos de cuello”:
- Delitos de cuello rosa: describen los delitos de malversación llevados a cabo por operarias cuyos puestos de trabajo pertenecen a ámbitos de empleo dominados por trabajadoras. Se discute si se tratarían de delitos de cuello blanco o cuello azul, pero la respuesta final se reduce a que será de uno u otro campo en función del puesto laboral que se ostente y de la teoría de la oportunidad.
- Delitos de cuello verde: hacen referencia a los cometidos contra la naturaleza. El término puede referirse a un delito real, en tanto que es un acto tipificado en el país correspondiente, o un delito a nivel moral, es decir, sin pena aplicable pues no se encuentra tipificado.
- Delitos de cuello rojo: aluden a aquellos delitos cometidos por delincuentes de cuello blanco empleando violencia contra aquellas personas que consideran que han averiguado sus actos delictivos. Es decir, los llevan a cabo los delincuentes de cuello blanco ante su fracaso de evitar que sus actos sean descubiertos.
Desde un punto de vista estadístico y, sobre todo, desde uno meramente informativo, es importante tener estos conceptos y/o clasificaciones claras para así poder realizar una buena interpretación de la infinidad de noticias que actualmente vemos, leemos u oímos por televisión, radio y/o, especialmente, vía internet.
Naomi Fernanda Vílchez Loayza, criminóloga y colaboradora de Sec2Crime en el área de Delincuencia Económica
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