La propuesta marroquí es considerada por muchos países como la solución más seria, realista y creíble para solventar el conflicto saharaui que dura ya más de cuatro décadas

Puntos clave del plan de autonomía de Marruecos para el Sáhara Occidental

Puesto fronterizo entre Marruecos y Mauritania en Guerguerat, situado en el Sáhara Occidental - AFP/FADEL SENNA
AFP/FADEL SENNA - Puesto fronterizo entre Marruecos y Mauritania en Guerguerat, situado en el Sáhara Occidental

Marruecos plantea una fórmula de amplia autonomía del Sáhara Occidental bajo soberanía marroquí de cara a solucionar el conflicto saharaui que dura ya más de cuatro décadas. Muchos e importantes países del panorama internacional, como Estados Unidos, Alemania Emiratos Árabes Unidos o España, consideran esta propuesta como la más seria, creíble y realista para acabar con el diferendo saharaui y el reino alauí plantea un programa completo y detallado sobre sus planes para la región.

La propuesta de Marruecos sigue las directrices del rey Mohamed VI y ha tenido un gran impulso a nivel internacional por parte del ministro de Asuntos Exteriores, Nasser Bourita. El plan respeta las resoluciones de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre la cuestión saharaui y el espíritu marroquí en este sentido busca crear las condiciones para un proceso de diálogo y negociación que conduzca a una solución política mutuamente aceptable. Todo ello frente a la postura enfrentada del Frente Polisario, que defiende, con el apoyo de Argelia, la celebración de un referéndum de independencia de la población saharaui.

Marruecos ofrece un programa detallado con 35 puntos clave que explica la línea de acción que llevaría a cabo el país norteafricano en el Sáhara Occidental y que muestra cómo se aplicaría el Estatuto de Autonomía en la región del Sáhara, aludiendo al respeto de todo tipo de derechos de los ciudadanos, a la capacidad de gestión propia que tendrán las poblaciones del Sáhara, a la organización administrativa y judicial que se plantea para la zona o las competencias que tendría la autonomía en diversas áreas como la economía, la seguridad, infraestructuras, etc... Con una cuestión muy importante y es que, respetando todas las posturas y corrientes, el Estatuto de Autonomía, resultado de las negociaciones, será objeto de consulta en referéndum de las poblaciones interesadas, de conformidad con el principio de libre determinación y las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, como se recoge en el planteamiento marroquí. 

PHOTO/FILE - Mohamed VI, rey de Marruecos
PHOTO/FILE - Mohamed VI, rey de Marruecos

A continuación, se detallan los 35 puntos completos del plan de autonomía de Marruecos para el Sáhara Occidental:

1- Desde 2004, el Consejo de Seguridad ha pedido periódicamente a "las partes y los Estados de la región que sigan cooperando plenamente con las Naciones Unidas para poner fin al estancamiento actual y avanzar hacia una solución política".

2- En respuesta a este llamamiento de la comunidad internacional, el Reino de Marruecos ha entrado en una dinámica positiva y constructiva, comprometiéndose a presentar una iniciativa para la negociación de un Estatuto de Autonomía para la región del Sáhara, en el marco de la soberanía del Reino y su unidad nacional

3- Esta iniciativa se enmarca en la construcción de una sociedad democrática y moderna, basada en el Estado de derecho, las libertades individuales y colectivas y el desarrollo económico y social. Como tal, trae la promesa de un futuro mejor para la gente de la región, termina con la separación y el exilio y promueve la reconciliación.

4- A través de esta iniciativa, el Reino de Marruecos garantiza a todos los saharauis de fuera y de dentro, su pleno lugar y protagonismo, sin discriminación ni exclusión, en los órganos e instituciones de la región.

5- Así, las poblaciones del Sáhara gestionarán por sí mismas y democráticamente sus asuntos a través de órganos legislativos, ejecutivos y judiciales dotados de competencias exclusivas. Dispondrán de los recursos económicos necesarios para el desarrollo de la región en todos los ámbitos y participarán activamente en la vida económica, social y cultural del Reino.

6- El Estado conservará sus competencias en los ámbitos soberanos, en particular la defensa, las relaciones exteriores y las atribuciones constitucionales y religiosas de Su Majestad el Rey.

7- La iniciativa marroquí, inspirada en un espíritu de apertura, tiende a crear las condiciones para un proceso de diálogo y negociación que conduzca a una solución política mutuamente aceptable.

8- El Estatuto de Autonomía, resultado de las negociaciones, será objeto de consulta en referéndum de las poblaciones interesadas, de conformidad con el principio de libre determinación y las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas.

9- En esta perspectiva, Marruecos hace un llamamiento a las demás partes para que aprovechen esta oportunidad de escribir una nueva página en la historia de la región. Está dispuesto a entablar una negociación seria y constructiva basada en el espíritu de esta iniciativa, así como a contribuir a la creación de un clima de confianza.

10- Con este fin, el Reino permanece dispuesto a cooperar plenamente con el secretario general de las Naciones Unidas y su Enviado Personal.

11- El proyecto de autonomía marroquí se inspira en las propuestas pertinentes de la ONU y en las disposiciones constitucionales vigentes en los Estados geográfica y culturalmente próximos a Marruecos, y se basa en normas y estándares reconocidos internacionalmente.

A- Competencias de la Región Autónoma del Sáhara

12- De conformidad con los principios y procedimientos democráticos, las poblaciones de la Región Autónoma del Sáhara, actuando por intermediación de los órganos legislativo, ejecutivo y judicial, tendrán, dentro de los límites territoriales de la Región, la competencia en particular en diversos ámbitos:

  • la administración local, la policía local y los tribunales de la Región.
  • economía: desarrollo económico, planificación regional, fomento de la inversión, comercio, industria, turismo y agricultura.
  • el presupuesto y la fiscalidad de la Región.
  • infraestructuras: agua, instalaciones hidráulicas, electricidad, obras públicas y transporte. 
  • sociales: vivienda, educación, salud, empleo, deporte, seguridad y protección social 
  • culturales, incluida la promoción del patrimonio cultural saharaui hassani
  • medio ambiente.

13- La Región Autónoma del Sáhara dispondrá de los recursos económicos necesarios para su desarrollo en todos los ámbitos. Estos recursos consistirán en particular en:

  • los impuestos, derechos y contribuciones territoriales dictados por los órganos competentes de la Región.
  • ingresos de la explotación de los recursos naturales asignados a la Región.
  • la parte de los ingresos de los recursos naturales ubicados en la Región y recaudados por el Estado. 
  • los recursos necesarios asignados en el marco de la solidaridad nacional.
  • rentas del patrimonio de la Región

14- El Estado conservará la jurisdicción exclusiva, en particular sobre:

  • los atributos de la soberanía, en particular la bandera, el himno nacional y la moneda
  • las atribuciones vinculadas a los poderes constitucionales y religiosos del Rey, Comandante de los Fieles y garante de la libertad de culto y de las libertades individuales y colectivas
  • la seguridad nacional, la defensa exterior y la integridad territorial.
  • relaciones exteriores.
  • el orden judicial del Reino.

15- La responsabilidad del Estado en el campo de las relaciones exteriores se ejercerá en consulta con la Región Autónoma del Sáhara en las cuestiones que se refieran directamente a las atribuciones de esta Región. La Región Autónoma del Sáhara podrá, en consulta con el Gobierno, establecer vínculos de cooperación con Regiones extranjeras para desarrollar el diálogo y la cooperación interregional.

16- Las competencias del Estado en la Región Autónoma del Sáhara, previstas en el apartado 13 anterior, serán ejercidas por un delegado del Gobierno.

17- Además, las facultades que no estén específicamente atribuidas se ejercerán, de mutuo acuerdo, sobre la base del principio de subsidiariedad.

18- Las poblaciones de la Región Autónoma del Sáhara están representadas en el Parlamento y otras instituciones nacionales. Participan en todas las consultas electorales nacionales.

B- Los órganos de la Región:

19- El Parlamento de la Región Autónoma del Sáhara estará compuesto por miembros elegidos por las diversas tribus saharauis, y por miembros elegidos por sufragio universal directo por el conjunto de la población de la Región. La composición del Parlamento de la Región Autónoma del Sáhara debe incluir una adecuada representación femenina.

20- El Poder Ejecutivo de la Región Autónoma del Sáhara será ejercido por un jefe de Gobierno elegido por el Parlamento regional. Es investido por el Rey. El jefe de Gobierno es el representante del Estado en la región

21- El jefe de Gobierno de la Región Autónoma del Sáhara forma el Gobierno de la Región y nombra los administradores necesarios para ejercer las competencias que le corresponden en virtud del Estatuto de Autonomía. Es responsable ante el Parlamento de dicha Región.

22- El Parlamento Regional podrá crear jurisdicciones para conocer de las controversias que se deriven de la aplicación de las normas dictadas por los órganos competentes de la Región Autónoma del Sáhara. Sus decisiones se dictarán, con total independencia, en nombre del Rey.

23- El Tribunal Superior Regional, máxima jurisdicción en la Región Autónoma del Sáhara, decide en última instancia, sobre la interpretación del derecho de la región, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo y del Consejo Constitucional del Reino.

24- Las leyes, reglamentos y sentencias judiciales que emanan de los órganos de la Región Autónoma del Sáhara deben estar en conformidad con el Estatuto de Autonomía de dicha Región y con la Constitución del Reino.

25- Las poblaciones de la Región se beneficiarán de todas las garantías previstas por la Constitución marroquí en materia de derechos humanos tal como son universalmente reconocidos.

26- La Región Autónoma del Sáhara contará con un Consejo Económico y Social integrado por representantes de los sectores económico, social, profesional y asociativo, así como por personalidades altamente cualificadas.

C- Proceso de aprobación e implementación del Estatuto de Autonomía:

27- El Estatuto de Autonomía de la Región será objeto de negociaciones y estará sujeto a consulta popular en libre referéndum de las poblaciones interesadas. Este referéndum constituye, de conformidad con la legalidad internacional, la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad, el libre ejercicio por parte de estas poblaciones de su derecho a la libre determinación.

28- A tal efecto, las partes se comprometen a trabajar conjuntamente y de buena fe en favor de esta solución política y su aprobación por las poblaciones del Sáhara.

29- Además, se revisará la Constitución marroquí, se le incorporará el Estatuto de Autonomía como garantía de su estabilidad y de su lugar privilegiado en el ordenamiento jurídico nacional.

30- El Reino de Marruecos tomará todas las medidas necesarias para que las personas que vayan a ser repatriadas puedan reintegrarse plenamente en la comunidad nacional, en condiciones que garanticen su dignidad, su seguridad y la protección de sus bienes.

31- Con este fin, el Reino adoptará en particular una amnistía general que excluye todo procesamiento, arresto, detención, encarcelamiento o intimidación de cualquier tipo, basados en hechos cubiertos por la amnistía.

32- Previo acuerdo de las partes sobre el proyecto de autonomía, un Consejo de Transición integrado por sus representantes prestará asistencia en la repatriación, desarme, desmovilización y reintegración de los elementos armados ubicados fuera del territorio, así como cualquier otra acción encaminada a la aprobación y aplicación del Estatuto, incluidas las operaciones electorales

33- Al igual que los miembros de la comunidad internacional, el Reino de Marruecos está hoy convencido de que la solución de la disputa sobre el Sáhara sólo puede ser el resultado de negociaciones. En ese espíritu, la propuesta que somete a las Naciones Unidas constituye una verdadera oportunidad capaz de promover negociaciones encaminadas a alcanzar una solución definitiva a esta controversia, en el marco de la legalidad internacional y sobre la base de arreglos conforme a los propósitos y principios establecido en la Carta de las Naciones Unidas

34- En este marco, Marruecos se compromete a negociar, de buena fe, con un espíritu constructivo de apertura y sinceridad, para llegar a una solución política definitiva y mutuamente aceptable de este diferendo que sufre la región. Para ello, el Reino está dispuesto a contribuir activamente al establecimiento de un clima de confianza que pueda conducir al éxito de este proyecto.

35- El Reino de Marruecos abriga la esperanza de que las demás partes medirán el significado y el alcance de esta iniciativa, la apreciarán en su verdadero valor y harán una contribución positiva y constructiva a la misma. El Reino considera que el impulso generado por esta iniciativa ofrece una oportunidad histórica para zanjar definitivamente este tema.